El Ayuntamiento de Gasteiz ha decidido convocar una consulta popular vinculante sobre la ubicación de autobuses. Tenía un poco abandonado este tema de la participación ciudadana pero he refrescado conocimientos anteriores para una entrevista que me han hecho en Radio Vitoria.
A raíz de esto se me plantean algunas preguntas que pueden complementar las que plantea El Correo:
¿Es una consulta vinculante?
El artículo 69.2 de la Ley de Bases del Régimen Local lo deja bastante claro: “2. Las formas, medios y procedimientos de participación que las Corporaciones establezcan en ejercicio de su potestad de autoorganización no podrán en ningún caso menoscabar las facultades de decisión que corresponden a los órganos representativos”.
Significa que no hay consultas vinculantes a nivel municipal, en el sentido de que su resultado sea de obligado cumplimiento. Otra cuestión es que pueda ser vinculante políticamente, como se manifiesta en el acuerdo alcanzado en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. En definitiva, el Alcalde, si quiere, puede ignorar el resultado de la consulta, aunque políticamente una decisión así acarrearía un coste político.
¿Hace falta autorización estatal?
Hasta donde yo entiendo, sí hace falta. Según he podido leer la intención del Ayuntamiento es utilizar el padrón para controlar la votación, por lo que se trata de una consulta popular regida por el artículo 71 de la Ley de Bases del Régimen Local: “los Alcaldes, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación, podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepción de los relativos a la Hacienda local.”
Para otro tipo de consultas, en las que no se utilice el padrón sino otros sistemas para controlar el voto, no haría falta esta autorización. Ignoro cuál es el plazo que tiene el Gobierno para autorizarla una vez se presente la petición. Tampoco sé si están pensando en otro tipo de mecanismo para controlar la participación.
¿Es suficiente el 20% de participación establecido?
No es que sea suficiente, es mucho. Alcanzar ese nivel de participación en ciudades grandes como Vitoria-Gasteiz es muy complicado. El primer problema es que estamos muy poco acostumbrados a participar en este tipo de consultas. Carecemos de una cultura de participación directa en los asuntos públicos que vaya más allá de la participación en elecciones. El segundo problema es la necesidad de que haya un proceso de información y contraste de las distintas propuestas con la ciudadanía. Si la intención del Ayuntamiento es celebrar la consulta en julio, apenas habrá tiempo para que haya un proceso de participación ciudadana previo, lo que reduce las posibilidades de lograr una alta participación.
¿Dará tiempo a organizarla?
Será complicado. La inexperiencia del Ayuntamiento y de los técnicos municipales en la organización de consultas es un obstáculo a superar. Son muchos los temas que hay que prever: elección de los representantes en las mesas de votación, definir una pregunta clara, preparar una campaña potente de información a la ciudadanía, organizar los lugares de votación, el recuento, etc.
¿Es positivo organizar este tipo de consultas?
Partiendo de la base de nuestra nula tradición de participación en consultas populares, es muy importante hacer las cosas bien para que las primeras experiencias sean un éxito. De esta manera se incentivará la participación en futuras convocatorias. En cambio, si la participación es muy escasa o hay graves problemas organizativos, se estará desincentivando.
Estas son algunas de las preguntas que me vienen a la cabeza. Igual tenéis respuestas más satisfactorias u otro tipo de dudas. ¿Qué opináis?
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