Leo que un representante de Covite afirma que «víctimas como él rechazan el “perdón administrativo” o “arrepentimiento falso” que están demostrando algunos presos etarras que dicen se han desvinculado de la organización criminal». Curioso concepto este del arrepentimiento falso.
Pongamos que un preso de ETA dice que se arrepiente del dolor que ha causado y que se compromete con las vías exclusivamente pacíficas. ¿Cómo demuestra que su arrepentimiento es verdadero? Es el problema de incluir conceptos íntimos en las leyes. El perdón, como el arrepentimiento, son cuestiones que afectan a convicciones profundas de la persona y, por lo tanto, difícilmente demostrables objetivamente.
Lo que sí es exigible, en mi opinión, es que su comportamiento sea acorde a una apuesta clara por hacer política sin violencia y respetuoso con las víctimas. Esto sí es demostrable.